En muchas ocasiones existe la necesidad de finalizar un contrato de alquiler antes de tiempo, bien sea por parte del propietario o del inquilino. Para realizar esto correctamente hay que tener en cuenta la normativa vigente en este aspecto y poder acogerse a las razones o circunstancias que ampara la ley.
La duración de un contrato de alquiler de residencia acostumbra a ser de un año renovable hasta 3, el máximo contemplado por la Ley de Alquileres Urbanos (LAU). No obstante, es posible que inquilino o bien arrendador deseen ponerle fin antes de este plazo.
¿Cómo poner fin a un contrato de Alquiler según la normativa en vigor?
Vamos a tratar los diferentes casos que pueden suceder tanto para el propietario de la vivienda como para el inquilino de la misma:
El inquilino desea finalizar el contrato de alquiler
Si el arrendatario desea poner fin al contrato de alquiler lo primero que tiene que tener en cuenta es la fecha en la que se firmó el contrato de dicho alquiler. Si fue antes del 6 de junio de 2013, se puede rescindir el contrato en cualquier momento. Hasta esta fecha la duración mínima obligatoria era de un año, por lo que este periodo ya ha transcurrido en este instante.
Si por el contrario el contrato se firmó posteriormente al 6 de junio del 2013, el inquilino puede finalizar el contrato de alquiler siempre que hayan pasado al menos seis meses desde el instante de la firma. En este caso, se debe de avisar al dueño con un mínimo de 30 días de antelación. Si no han pasado seis meses, el dueño puede reclamar una indemnización, que en la mayor parte de los casos corresponde al pago de las mensualidades hasta cumplir los seis meses.
No obstante, el dueño tiene todo el derecho de incluir una cláusula en el contrato de alquiler en la que te fuerce al inquilino a abonar una indemnización aun si han pasado seis meses desde el instante de la firma del contrato. Por ello antes de comunicar el deseo de finalización del contrato, se debe comprobar con detalle el contrato para revisar si incluye alguna cláusula de este género.
El propietario desea finalizar el contrato de alquiler
Existen una serie de causas a las que el propietario puede acogerse o puede querer finalizar el contrato de alquiler antes de tiempo:
Impago del Alquiler
El motivo primordial es que el inquilino haya dejado de abonar la renta mensual en término de alquiler de la residencia. La Ley de Alquileres Urbanos no hace referencia al número de mensualidades que debe haber impagadas para iniciar el proceso. No obstante, lo aconsejable es iniciar este proceso cuando se cumpla un mes de retraso. Hay que tomar en consideración que el procedimiento de desahucio tarda de media entre ocho y doce meses.
Actividades no toleradas
Si el inquilino hace en la residencia alguna actividad no tolerada, e inclusive peligrosa, es otra de las causas por las que el dueño puede decidir terminar el contrato de alquiler. Asimismo puede darse por protestas por la parte de la comunidad de vecinos.
Empleo personal
La normativa contempla que el dueño pueda precisar la residencia para empleo personal. Puede demandar la finalización del contrato de alquiler ya antes de tiempo si precisa el piso para él, un familiar de primer grado de consanguinidad o bien un excónyuge en el caso de divorcio o bien separación. Para esto es requisito obligatorio que haya pasado un año desde el instante de la firma del contrato de alquiler, y debe informar al inquilino con un plazo mínimo de dos meses de antelación.
Una vez el dueño demanda la residencia para empleo personal, tiene tres meses para que un familiar se traslade a vivir al piso. Si no lo hace, el inquilino puede recobrar el inmueble, como demandar una indemnización.
Obras y reformas
Si el inquilino hace obras o bien reformas en la residencia sin autorización previa del arrendador, cualquier clase de modificación de la residencia es un motivo claro de finalización del contrato.
Devolución de llaves y de fianza
La fianza de un contrato de alquiler está concebida para cubrir posibles desperfectos que se hayan ocasionado en el inmueble. Si no los hay, se ha de devolver. En ocasiones, si hay cantidades pendientes de suministros, por poner un ejemplo, se acostumbra a descontar de la fianza. Como no siempre las facturas están al día en el instante de devolución de las llaves, puede retenerse una cantidad y devolver el resto pasado un mes.
Todo ello debe quedar de manera perfectamente reflejada en el documento de finalización de contrato de alquiler, en el que las dos partes deben hacer constar todos estos detalles en el instante de dar por acabada su relación establecido. Este documento es fundamental, ya que es el que deja al dueño regresar a poner la residencia en alquiler, o bien ocuparla. Y para el inquilino, es el que le garantiza que dejen de devengarse rentas desde ese instante. Si no se firma nada, se le podrían demandar los pagos ya que el contrato inicial proseguiría vigente.
Desde PROPIETARIO SEGURO gestionamos todo este tipo de casos que se pueden dar a la hora de querer finalizar un contrato de alquiler bien sea por parte del inquilino o propietario, desde nuestro servicio de gestión de alquileres, para que no te veas en nada, y esté todo bien documentado según la normativa vigente.