En muchas ocasiones se requiere una renovación del contrato de alquiler por necesidad de continuar en la residencia del inquilino, bien sea porque se queda en el país más tiempo de lo esperado, porque su trabajo pasa de temporal a indefinido, etc.

Por ello cuando firmamos un contrato de alquiler muchas veces se pacta un espacio de tiempo que no se puede cumplir por una serie de circunstancias. Contemplando todos estos casos, la Ley de Alquileres Urbanos permite dejar el piso antes de lo firmado o bien renovar o prorrogar el contrato el contrato de alquiler.

Cómo funciona la renovación de un contrato de Alquiler

Hay que tener en cuenta algunos puntos, para saber cómo funciona la renovación de un contrato de alquiler, y para evitar problemas o malos entendidos entre inquilino y propietario:

Prórroga del contrato de alquiler

El dueño y el inquilino pueden llegar a un pacto sobre la duración del alquiler de la residencia. Tras la última reforma de la Ley de Alquileres Urbanos la duración de los contratos se ha vuelto a extender hasta los 5 años. Si el contrato está firmado tras el 6 de marzo de 2019, una vez concluido el tiempo mínimo, se va a poder prorrogar por 3 años más.

Si el contrato de alquiler fue firmado antes del 18 de diciembre de 2019, y entre el 22 de enero y el 5 de marzo; la duración del contrato va a ser de 3 años con una prórroga implícita de un año.

Actualización de la renta en la renovación del contrato

Hasta la entrada en vigor de la nueva normativa, la renta se actualizaba anualmente automáticamente a través de el índice escogido por contrato. De esta forma después de 12 meses desde la firma del contrato, o bien la última renovación, la renta del alquiler se debía amoldar a las alteraciones sufridas en el propio mercado inmobiliario del alquiler y en la economía por norma general.

No obstante, tras los recientes cambios legislativos, se señala que únicamente se va a poder actualizar la renta de alquiler si en el contrato hay una cláusula concreta que lo determina. En caso de que no se establezca, no se va a poder actualizar la renta del alquiler, una vez cumplido el año de alquiler.

Es recomendable que se especifique a través de qué indicador se actualiza. Si no se detalla, el indicador empleado va a ser el Índice de la Garantía de la Competitividad (IGC). Por consiguiente, es recomendable leer atentamente todas y cada una de las cláusulas del contrato para saber en caso de hacer una renovación de contrato de alquiler, si se debe actualizar la renta y por qué cantidad.

renovación del contrato de alquiler

Plazos para no renovar el contrato

Si el arrendador o bien el inquilino no desean prorrogar el contrato de alquiler por cualquier motivo, los dos deben tomar en consideración los plazos para comunicar su resolución a la otra parte. Dichos plazos han de estar reflejados en el contrato, si bien habitualmente no es de esta manera.

Si en el contrato de alquiler no aparece determinado el plazo, hay que acogerse a lo que establece la Ley de Alquileres Urbanos. Para los contratos que se rijan por la Ley de Alquileres Urbanos del 2013 el tiempo va a ser de 30 días precedentes al vencimiento para avisar a la otra parte la voluntad de no renovar el contrato. Al tiempo que si este se firmó tras la aprobación de los 2 Reales Decretos-Ley el tiempo de aviso asciende a los 2 meses.

Causas para no renovar el contrato de alquiler

Pese a la prórroga que establece la LAU, el dueño de un determinado inmueble puede decidir no renovar el contrato de alquiler al inquilino tras el primer año, acogiéndose a los siguientes casos:

  • Si precisa la residencia para sí mismo o bien para un familiar en primer grado de consanguinidad. Y, por otra parte, puede justificar
  • Motivos de adaptación o bien cesión del piso para su cónyuge en el caso de divorcio o bien separación.

En los dos casos, el dueño debe comunicar la resolución al inquilino con 2 meses de antelación.

Renuncia del inquilino al contrato antes de tiempo

El inquilino tiene derecho a renunciar al contrato de alquiler antes del vencimiento del mismo. En un caso así, deben haber pasado por lo menos 6 meses desde la firma del documento y el inquilino debe comunicar la resolución al dueño con 30 días de antelación.

Existe la posibilidad de poder anular el contrato una vez pasados 6 meses desde la firma. En un caso así, conforme lo concretado en el contrato, el inquilino puede tener una penalización en la fianza, pertinente a la parte proporcional por el tiempo que queda hasta la anualidad.

Algunas recomendaciones

Es esencial prestar atención a los plazos pactados en el contrato de alquiler o bien, en su defecto, en la LAU. Debe quedar clara la voluntad de ambas partes. En caso contrario, si hay que empezar un procedimiento judicial para un desahucio por la expiración del contrato, es indispensable acreditar la comunicación frente al Tribunal.

Además de esto, hay que estimar todas y cada una de las cláusulas añadidas al contrato de alquiler, teniendo presente la identificación del inmueble y la cuantía de la renta.

Es el arrendador quien debe valorar si quiere o bien no incluir una cláusula referente a la revisión anual de la renta dependiendo del IPC.

Como podemos ver hay muchos puntos a tener en cuenta en la renovación de un contrato de alquiler, o por el contrario para finalizarlo antes de tiempo, por ello lo más aconsejable es ponerse en manos de profesionales en este sector, que estén al tanto de toda la normativa al respecto, y que puedan realizar todas las gestiones de forma correcta para no tener problemas,

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